El 12 y 13 junio 2011 los ciudadanos italianos serán llamados a expresar su voto sobre cuatro problemas propuestos que nuevamente vuelven a tener vigencia: Los dos primeros referéndum se refieren a la privatización del agua (se vota SI si no se aprueba que el agua se privatice, se vota NO si se está de acuerdo), otro se refiere a la producción de energía nuclear (vota SI si no está de acuerdo en el establecimiento de nuevas centrales nucleares, se vota NO si se está de acuerdo), y por último el legítimo impedimento del Presidente del Consejo de Ministros y de los ministros a comparecer en Tribunales (se vota SI si no se desea otorgar este privilegio al Presidente del Consiglio, se vota NO si se está de acuerdo).
El elector, para votar, tiene que exhibir al presidente de mesa el carnet electoral y un documento de identidad.
El elector recibe de uno de los componentes de la mesa 4 tarjetas de diverso color:
-Referéndum popular n. 1 - TARJETA DE COLOR ROJO - modalidad de consignación y gestión de los servicios públicos locales de relevancia económica. Abrogación;
-Referéndum popular n. 2 - TARJETA DE COLOR AMARILLO - determinación de la tarifa del servicio hídrico integrado con base en la adecuada remuneración del capital invertido. Abrogación parcial;
-Referéndum popular n. 3 - TARJETA DE COLOR GRIS - Nuevas centrales para la producción de energía nuclear. Abrogación parcial;
-Referéndum popular n. 4 - TARJETA DE COLOR VERDE CLARO - abrogación de la ley 7 abril 2010, n. 51, en materia de legítimo impedimento del presidente del Consejo de Ministros y de los Ministros a comparecer en audiencia penal, como resultante de la sentencia n. 23 del 2011 de la Corte Constitucional.
• El voto " SI ", trazado sobre la tarjeta, significa la voluntad de derogar la normativa motivo del referéndum.
• El voto " NO ", trazado sobre la tarjeta, significa la voluntad de mantener vigente normativa motivo del referéndum.
• Cuando se vota
El voto se desenrollará:
El domingo 12 junio 2011, de las 8:00 a las 22:00 hs. y lunes 13 junio 2011, de las 7:00 al 15:00 hs.
• Donde se vota
Los electores tienen que votar en su municipio de residencia, en la sección electoral indicada sobre la primera página de la libreta electoral.
• El voto de los ciudadanos italianos residentes en el exterior
Los ciudadanos italianos inscriptos en el AIRE (Anagrafe degli italiani residenti all’estero) y residentes en el exterior votan normalmente, por correspondencia, a menos que no hagan ejercicio del derecho de opción para votar en Italia, dando comunicación a la representación diplomática o consular competente dentro del décimo día sucesivo a la convocación del referéndum. El término para los referéndum 2011 venció el 14 de abril de 2011. Aquellos que no han ejercitado tal opción, aunque estén en Italia en los días de las votaciones, no pueden en ninún modo ser admitidos al voto.
Los ciudadanos italianos residentes en el exterior, inscritos al AIRE, votan por correspondencia y recibe en su propio domicilio en el exterior, un sobre conteniendo las cuatro tarjetas relativas a los cuatro problemas del referéndum, un certificado electoral, un sobre blanco, un sobre prefranqueado (Business Reply Envelope) con la dirección del Consulado y un librito que contiene el texto de la ley relativa a las " normas sobre el derecho de voto de los ciudadanos italianos residentes en el exterior".
Los ciudadanos italianos temporalmente en el exterior que pertenecen a las siguientes categorías:
1. militares o pertenecientes a las fuerzas de policía en misión internacional;
2. dependientes de administraciones públicos por motivos de servicio en caso de que la duración prevista de su permanencia en el exterior sea superior a tres meses, sus familiares y convivientes;
3. profesores e investigadores universitarios, y sus respectivos familiares y conviventes, que se hallan en el exterior por un período de al menos seis meses y que a la fecha del decreto de convocatoria de las elecciones se hallan en el exterior desde al menos tres meses, pueden expresar el voto por correspondencia.
Quienes pertenecen a las categorías a que se refierenlos puntos 1 y 2 (militar o perteneciente a la fuerza de policía, dependientes de administraciones públicas en servicio y sus familiares convivientes) tienen que hacer solicitud a la orden de administración de pertenencia dentro y no más allá del 35° día anterior a la votación en Italia (o bien dentro el día 8 mayo 2011).
Los ciudadanos pertenecientes a la categoría a que se refiere el punto 3 (profesores o investigadores universitarios y sus familiares) tienen que hacer solicitud directamente al Consulado de pertenencia, siempre dentro y no más allá del 35° día anterior a la votación (o bien dentro del día 8 mayo 2011).
Estos electores reciben en su domicilio por parte de la oficina consular competente, el legajo electoral que contiene las tarjetas y las instrucciones sobre la modalidad de voto. En todo caso, dentro los vigésimo tercero días de las votaciones (o bien dentro 20 mayo 2011), la solicitud de voto por correspondencia puede ser revocada mediante expresa declaración enviada al correspondiente consulado.
Quién se hallara temporalmente en el exterior y no perteneciera a las categorías enunciadas, pueden votar por el referéndum solo regresando a Italia, en las listas electorales del propio municipio dinde está inscripto.
El elector que no recibiera el legajo electoral dentro el 29 de mayo de 2011, puede llegarse en persona a la oficina consular competente para verificar su posición electoral.
Concluidas las operaciones, las tarjetas con los votos de los italianos residentes en el exterior llegadas a los consulados dentro de la hora 16:00 del 9 de junio 2011 son transmitidas a Italia, donde tiene lugar el escrutinio a cargo de la oficina central para la circunscripción exterior instituida en la corte de apelación de Roma.
ATENCIÓN: LOS CERTIFICADOS PARA EL VOTO ASISTIDO Y PARA EL VOTO DOMICILIARIO NO PUEDEN SER EMITIDOS POR EL MÉDICO DE GUARDIA NI EL MÉDICO DE MEDICINA GENERAL.
• Servicio de transporte al lugar del voto
Para los electores enfermos o que tienen grave dificultad en asistir al oficio electoral será garantizado, a petición, un servicio de transporte, solo por el día de las votaciones (domingo 12 junio 2011). Siempre a petición, además, en los dos días en que vota (domingo 12 y lunes 13 junio 2011) será garantizado un servicio de transporte con ambulancia de la Cruz Roja. La solicitud, en ambos casos, debe ser hecha a la oficina electoral.
• Facilitaciones de viaje
Los electores que tienen que llegar al municipio en cuyas listas están inscritos tienen derecho, en algunos casos, a algunas facilitaciones de viaje. Están previstas reducciones del 60 % para la adquisición de pasajes ferroviarios y sobre los transbordadores. Además, están previstas también algunas facilitaciones para la adquisición del pasaje aéreo de ida a la sede electoral de inscripción y regreso. Para los viajes aéreos efectuados sobre el territorio nacional, la ley introduce una facilitación de viaje en un porcentaje del 40% del precio del pasaje. El importe máximo reembolsable, de todos modos, no puede ser superior a 40 Euro para el viaje de ida y de regreso para cada elector (Ley 26 mayo 1969, n. 241 y sucesivas modificaciones).
Otras informaciones sobre los reembolsos de viaje pueden encontrarse en el sitio de Trenitalia (www.trenitalia.com) y en el de Alitalia (www.alitalia.it).
El referéndum abrogatorio está normado por el art. 75 de nuestra Constitución.
Se recurre a este tipo de referéndum para deliberar la abrogación parcial o total de una ley cuando lo piden 500.000 electores o cinco consejos regionales. Tienen derecho de participar en el referéndum todos los ciudadanos llamados a elegir la Cámara de los diputados.
La propuesta sujeta a referéndum resulta aprobada si ha participado en la votación la mayoría de los derecho-habientes, el denominado quorum legal, y si ha alcanzado la mayoría de los votos válidamente expresos. No es admitido el referéndum sobre leyes tributarias y de balance, de amnistía e indulto o de autorización a ratificar tratados internacionales.
Fuente: Alef